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Autorizaciones de pequeños aprovechamientos de aguas subterráneas destinados al autoconsumo
Autorizaciones de obras para mantenimiento de caudal inscrito en el Registro de Aguas
Permisos de investigación
Concesiones de aguas públicas subterráneas para riego agrícola en régimen de autoconsumo
Concesiones de aguas públicas subterráneas para riego agrícola en régimen de servicio público
Concesiones de aguas públicas subterráneas para abastecimiento urbano
Concesiones de aguas públicas subterráneas para abastecimiento urbano de urbanizaciones aisladas
Normas para la realización de aforos en pozos
Normas para la realización de aforos en galerías
Normas para la realización de aforos en nacientes
Autorizaciones de obras para mantenimiento de caudal inscrito en el Registro de Aguas
Los titulares de aprovechamientos de aguas calificadas como privadas por la legislación anterior a la Ley 12/1990 de Aguas de Canarias, en efectiva explotación mediante pozos, galerías o procedentes de manantiales, así como los titulares de autorizaciones de alumbramiento válidas, que se hallen inscritos en el Registro de Aguas, podrán realizar obras de mantenimiento de los caudales aforados en los términos de la inscripción, previa la correspondiente autorización administrativa, que se otorgará siempre que se acredite su necesidad, no se realicen en perjuicio de terceros o del acuífero y resulte conforme con la planificación insular.

La solicitud de obras para mantenimiento de caudales irá acompañada de la documentación siguiente:

Memoria, en la que se describan o/y justifiquen los siguientes extremos:
Posición del alumbramiento o alumbramientos actuales y magnitud relativa de los mismos.
  Aforo del caudal actual de la obra en los términos que se definen en la normativa del Plan Hidrológico de Tenerife.
  Necesidad del titular de recuperar el caudal mermado.
  Características geométricas y constructivas de la obra a realizar.
  Relación y características de todas las obras de captación existentes o/y autorizadas en un entorno de tres mil metros (3.000 m) de los tramos de obra que se solicitan.
  No afección a los alumbramientos existentes y a los tramos autorizados pero no ejecutados de todas las obras de captación incluidas en el entorno anterior.
  Uso principal a que se aplicará el agua.
  Destino territorial en que se distribuirá preferentemente el agua.
  Adecuación de la autorización que se solicita a la legislación vigente y a este Plan.
Planos:
De definición geométrica, a escala mínima 1:5.000 y máxima 1:500, con ubicación en coordenadas U.T.M. de todas las obras ejecutadas (incluso bocamina o brocal, galerías, ramales, pozos, sondeos y catas) en esa captación y las de continuación que se solicitan.
  De situación de las captaciones existentes y las autorizadas vigentes en el entorno de 3.000 metros de las obras de continuación que se solicitan. Su escala será como mínimo 1:5.000.
Modelo de solicitud (9.583 bytes)