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Competencias
Las actividades principales de las que se encarga el Consejo (extracto del artículo 10 de la Ley 12/1990) pueden concretarse en:
Elaboración de Planes y Actuaciones Hidrológicas.
Control de la ejecución del planeamiento hidrológico.
Otorgamiento de concesiones autorizaciones y demás actos relativos a las aguas.
Custodia del Registro y Catálogo de Aguas insulares y realización de las inscripciones, cancelaciones o rectificaciones oportunas.
Gestión y control del dominio público hidráulico, así como de los servicios públicos regulados en la Ley.
Policía de aguas y cauces.
Ejecución y control de los programas de calidad de las aguas.
Realización de obras hidráulicas
Participación en la preparación de los planes de ordenación territorial, económicos y demás que puedan estar relacionados con las aguas de la Isla.
Realización de estudios de hidrología.
Prestación de servicios técnicos y asesoramiento relacionados con el cumplimiento de sus fines.